Hola en primer lugar deberás saber si tienes puerta de acceso a la escalera o bestibulo de las viviendas es decir si haces uso de la escalera, del mismo modo y porcentaje que los demás vecinos , si no és así, de las cuotas que tocan a comunidad , luz de escalera , limpieza de escalera y mantenimiento, ascensor etc, de eso no debes pagar nada , lo que si debe ser parte obligada és el mantenimiento de estructura del edificio , como lo és el tejado, paredes y cañerias comunes, bajantes , de eso si tienes una cuota de participación que debe venir especificada en la escritura de la finca , o sea de tu local, de todas formas habría que ver por que razón se te notifica tarde y con retraso la deuda y el motivo de ella , si és un arreglo que se ha hecho en el edificio , ( la estructura), habrá tenido que celebrarse una reunion con todos los propietarios y se habrá decidido por votación el arreglo en cuestion , previo presupuesto etc, la convocatoria debe ser notificada a los propietrios , a todos de los que dependa el abono del arreglo , en este caso a ti también según ellos , ya que si se han dirigido para pedir la cuota , tambien debieran haberlo hecho para pedir opinión y voto de consentimiento, bueno en resumen la cosa está ahí...
Primero , pedir justificción del gasto .
segundo, ver si se trata de escalera o estructura
Tercero, ver si se te notifico la reunión
Cuarto ,valorar ( un profesional de habitatge , administración de tu provincia ) si te pueden obligar en el caso de incumplimiento ( si así ha sucedido)de todos los requisitos .
Espero no haberte liado , un saludo a ver si ena o alguien nos dice algo igual no estoy en lo cierto , pero más o menos creo que se procede así.