Hola a todos, a ver si podéis aclarame una duda que tengo.
Cuando vendes una vivienda habitual estas exento del impuesto de plusvalías por aquel importe que reinviertes en tu nueva vivienda habitual, siempre y cuando esta operación se realice los DOS años posteriores a la venta del inmueble antiguo, o compra del nuevo inmueble.
Con la nueva ley que salió el año pasado, los que vendieron en el 2007 y de manera excepcional y puntual, tienen plazo de reinversión un año más, con fecha límite 2010.
Ahora bien, si alquilas un piso, hasta donde yo sé, el inquilino tiene el derecho (que no la obligación) de permanecer al menos CINCO años en tu piso. Si es con derecho a compra, además, puede comprarte el piso durante ese plazo sin esperarse a los cinco años.
Si se lo tienes alquilado uno de los motivos puede ser que tú te hayas comprado otro, así que en ese momento de compra de tu nueva vivienda, ya empieza la cuenta atrás de los 2 años.
Así pues, si el inquilino está todo ese tiempo en tu piso, los 5 años, cuando él marche y vendas tu piso (a él o a otro), habrá pasado seguramente el plazo de DOS años para reinversión desde que compraste el nuevo y por tanto, no estás exento de plusvalía.
Mi duda es si ésto es así, o de lo contrario durante el periodo de alquiler existe un paréntesis fiscal en el com*** de los dos años.
¿Alguien lo sabe?
Gracias.