Estás en: facilisimo / vivienda / foros / otros temas / ganancia patrimonial , vivienda habitual , segunda residencia.

Ganancia patrimonial , vivienda habitual , segunda residencia.

Mujer, 39 años

Cádiz

España

Antigüedad: 17.09.2009

● offline 14,445k

17/09/2009 - 17:32    84.***.***.159  Lecturas: 1.037  Comentarios: 6

Buenas tardes a todos. Os explico mi caso, el cual seguro sabréis responderme viendo el nivelón del foro.

1.- Soy propiertario al 100% d VPO (que llamaremos A)que no podré vender hasta 2014-2015. Evidentemente es mi vivienda habitual.

2.- Voy a comprar con mi pareja (al 50%) tra vivienda (que llamaremos B), la cual será para mi segunda vivienda y para ella su domicilio fiscal. Hasta ahí bien, por lo cual ella podrá desgravar el 50%..

Supongamos que llega 2015 y vendo mi casa de VPO (A), como es vivienda habitual y la vendería para comprarme otra (que llamaremos C), entiendo que no tendría que pagar nada de ganancia patrimonial, no?.

Una vez que me compre la casa C, la pondría como segunda vivienda y me iría como primera vivienda a la casa B. Estando 3 años en ella, podría vender laB (en 2018-2019) sin pagar tampoco ganancia patrimonial si es para comprarnos otra (D)?

Bueno, un poco lío... pero todo nace de la duda de si escriturar el piso(B) a nombre de ella al 100% ode si con esa rocambolesca operación quedaría exento de pagar la ganancia patrimonial; ya que no queremos poner un piso a nombre suyo con una hipoteca a mi nombre, claro, no sería justo, pero tal vez lo mas conveniente?

Un saludo

20956
» 45k
» y tengo años
» Fecha: 18/09/2009 - 01:18


Si eres titular de una VPO, antes de comprar una segunda vivienda, entérate bien de si es compatible siendo propietario de VPO, porque creo que no. Al menos en Andalucía es así.
169255
 Altomar
» 177,23Mk
» Tarragona, España y tengo 41 años
» Fecha: 18/09/2009 - 21:36


208482
 kirikino
» 14,445k
» Cádiz, España y tengo 39 años
» Fecha: 19/09/2009 - 12:00


Ok, gracias Altomar. Entiendo entonces que si podría:

En 2009 Comprar B al 50% sn ser residencia habitual.

En 2015 Vender A para comprar C habiendo sido A mi residencia habitual hasta entonces.

En 2015 poner como residencia habitual B.

En 2018 Vender B habiendo siedo mi residencia habitual los 3 ultimos años.

Es así?

Muchas gracias.

169255
 Altomar
» 177,23Mk
» Tarragona, España y tengo 41 años
» Fecha: 19/09/2009 - 23:53


Para tener tu residencia habitual, no puedes tener ninguna otra antes de la residencia habitual, si vives en una vivienda la cual has comprado, y al mismo tiempo compras otra resultara que tienes dos viviendas ¿cual seria la habitual? la que comprastes al 50% ?¿la que vendistes? la que vas a comprar?.

208482
 kirikino
» 14,445k
» Cádiz, España y tengo 39 años
» Fecha: 20/09/2009 - 12:18


A ver...

Ahora A es mi vivienda habitual y, aunque compre B ahora, seguirá siendo A la habitual hasta 2015.

En 2015, compro C y pasa a ser B la habitual, ok?

Y en 2018 (tres años despues) compro D como habitual, vendiendo B.

Así sería, se que es un poco lío, pero así sería.

Gracias

79775
 DJSALUS
» 489,66Mk
» Barcelona, España y tengo 35 años
» Fecha: 21/09/2009 - 14:56


Lo siento, pero yo ya me he perdido con A,B,C...jejeje.
Lo que sí te puedo decir es que:
1) para que la ganancia patrimonial o plusvalía esté exenta de reinversión, ambas (la que vendes y la que compras) deben ser vivienda habitual. Vivienda habitual es aquella en la que resides al menos 3 años demostrables (por ejemplo recibos de suministros, etc), y debes haber realizado el cambio de domicilio fiscal, que creo que es el modelo 030 de hacienda. Nunca estarás exento si la reinversión es a segunda vivienda.
2) Una segunda vivienda podría convertirse en primera vivienda cuando quieras, solo que la desgravación no será desde el minuto cero, sino te empezarás a desgravar cuando hayas hecho los desembolsos correspondientes a la suma de todo lo desgravado hasta la fecha.... ejemplo fácil y práctico:- si tenias una vivienda habitual que te has desgravado de ella hasta la fecha = 12.000¿.- ahora tu segunda residencia quieres que sea la habitual, pues los primeros 12.000¿ de hipoteca y gastos de esta vivienda no te desgravarán....

Espero que haya quedado algo más claro.
» Foros facilisimo
» Últimos reportajes
» Usuarios + valorados ayer