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impuesto de transmisiones patrimoniales

Mujer, 30 años

Asturias

España

Antigüedad: 01.06.2009

● offline 84,915k

01/06/2009 - 01:31    85.***.***.163  Lecturas: 6.215  Comentarios: 9

Hola:

Tengo un piso nuevo desde hace 3 años sin estrenar. Lo voy a vender porque me he comprado una finca. Me costo 114000 y lo voy a vender en 192000 me gustaria que alguien me explicara cuanto sube este impuesto porque he mirado en otras paginas pero es muy tecnico y no entiendo nada

Gracias

88895
 leyde
» 38611 k
» Alicante, España y tengo 29 años
» Fecha: 01/06/2009 - 10:11


¿Has estado empadronada en el piso que vendes? Lo digo porque si consta en hacienda que esa ha sido tu vivienda habitual durante 2 o 3 años (creo que 3, pero no estoy segura al 100%),y el dinero que sacas de la venta lo reinviertes en tu siguiente vivienda habitual no tines que pagar nada. Pero sino la tenías puesta como vivienda habitual tendrás que devolver el 18% d la ganancia. Si la vendes por 192000 y lo compraste por 114000 la ganancia es de 78000¿, el 18% e de 14.040¿, pues esos 140400¿ es lo que tendrás que pagar a hacienda en la declaración del año que viene, independientemente de lo que hagas el dinero, lo metas en otra vivienda o no.
79775
 DJSALUS
» 427,53Mk
» Barcelona, España y tengo 34 años
» Fecha: 02/06/2009 - 15:17


Sí, son 3 años efectivamente.Pueden ser menos años si demuestras justificación de: boda, separación, nuevo parto, muerte, cambio residencia trabajo, o alguna otra situación que se pueda considerar de especial relevancia.
Si vendes antes del primer año, te pegan el 25%.Si vendes despues del primero y antes del tercero, al 18% sno tienes una justificación.
Si vendes despues del tercero, 0% s has residido en él de manera continuada los 3 años (demostrable).
Además de estar declarado fiscalmente como vivienda habitual como te han comentado por aquí (DOMICILO FISCAL MOD.300) , también piensa que hacienda podría comprobar el gasto de suministros que has tenido en la vivienda...
Lo de empadronar yo diría que no es obligatorio, ya que son ámbitos distintos. Es lo mismo que si en tu DNI indica otra dirección más antigua, no influye en temas fiscales.
S2

68993
» 2049 k
» Madrid, España y tengo 30 años
» Fecha: 02/06/2009 - 16:55


Un consejo, y que nadie se lo tome con maldad. SI alguien no sabe que no respondais, porque le podeis hacer un lio a la señora de tres pares de ***.
Y ahora te voy a orientar un poco:

1º) Tu no pagas Impuesto de Transmisiones Patrimoniales por la venta del inmueble, ese impuesto lo paga el comprador.
2º) Tu lo que declaras es una Ganancia Patrimonial en el Impuesto de la Renta y la Plusvalia Municipal.
3º) La ganancia patrimonial a declarar es la diferencia entre (Precio de venta gastos venta) - (Precio Compra gastos de la compra). Vamos que en tu caso rondara los 78000¿ como te han dicho, y esto tributa a un tipo unico del 18%. s decir en tu caso 14040¿ aproximadamente.
4º)Ahora bien la ganancia puede estar exenta si todo el importe neto de la venta es destinado a la adquisicion de la nueva vivienda. Es decir, los 192000¿ integros que obtienes de la vivienda menos los gastos de la venta (como la plusvalia) Tambien se consideran exentas las cantidades destinadas a la amortizacion del prestamo hipotecario pendiente sobre dicha finca.
5º) En caso de que solo se destinase una parte del importe de la venta a la compra de la nueva, se aplicaria una regla proporcional para ver cuanto de la ganancia queda exento, tributandose al referido 18% pr el resto.


Ya se que esto queda un poco lioso, pero es como es y no se me ocurre como explicarlo de una forma mas sencilla. Si quieres planteame las dudas que te surjan al hilo de lo que aqui expuesto. De todas formas mi consejo seria que buscases un buen asesor financiero y que te gestionase la compraventa nueva para asi tenerlo todo bien atado.

Un saludo.
79775
 DJSALUS
» 427,53Mk
» Barcelona, España y tengo 34 años
» Fecha: 02/06/2009 - 19:30


Hola JoseAntonioNeto, creo que tu información no es contraria a la nuestra sino complementaria, si bien es cierto que no había leido el título porque indica ITP, ahí te doy la razón, pero creo que ha quedado claro que todos nos referíamos a la plusvalía según la pregunta formulada.
La persona que lo pregunta tiene que considerar todas las respuestas, porque la suma de todas da la solución.
Además, añado otra cosa que no se ha dicho, y es que la ganancia patrimonial (plusvalía) para estar exenta tiene que cumplir todo lo anterior y la reinversión debe realizarse como máximo durante los 2 años posteriores o anteriores a la fecha de venta.
S2.
169811
 sandrag81
» 84,915k
» Asturias, España y tengo 30 años
» Fecha: 02/06/2009 - 23:18


Buenas otra vez:

Gracias a todos por vuestras respuestas. Me queda claro que el itp lo tiene que pagar el comprador pero queria confirmar cuanto era porque en un principio puse ese precio de venta pensando que era yo la que tenia que pagar ese impuesto.

Por otra parte con el dinero de la venta del piso lo voy a invertir en hacer una casa. Según he leido, en este caso, no tendria que pagar el impuesto de plusvalia.

Espero vuestras respuestas y gracias

68993
» 2049 k
» Madrid, España y tengo 30 años
» Fecha: 03/06/2009 - 09:42


Te respondo punto por punto:
El ITP que tiene que pagar el comprador es con caracter general del 7%. hi excepciones pero no me conozco la legislacion de Asturias, asi que no te puedo decir.
Lo que es la plusvalia municipal la pagas si o si.
La ganancia patrimonial esta exenta en su totalidad si, efectivamente destinas el importe total de venta a la compra de la nueva. Si solo es una parte, solo estara exenta en parte.
Un saludo

60997
» 82,560k
» Castellón, España y tengo 34 años
» Fecha: 03/06/2009 - 12:17


sandra te lias con la plusvalia y la ganancia patrimonial obtenida de la venta.

la ganancia patrimonial obtenida de la venta si la vas a reinvertir en hacerte una casa en los proximos 2 años o anteriores a la venta estara exenta como te han dicho aqui.

Pero la plusvalia la cobra el ayuntamiento y va en funcion de los años q hayas tenido la vivienda y el valor catastral del suelo q marca tu recibo de contribucion (eso se paga si o si), a mas años mas hay q pagar y a mayor aumento del valor del suelo en ese sitio pues tb, pero vamos q si han sido pocos años no deberia subir mucho, en cualquier gestoria te lo podran decir aproximado.

La plusvalia la paga elvendedor siempre y cuando no pactes en la escritura de venta lo contrario, si se pone q todo lo paga el comprador incluso la plusvalia pues nada lo pagara todo el, todo es negociar.

saludos

79775
 DJSALUS
» 427,53Mk
» Barcelona, España y tengo 34 años
» Fecha: 03/06/2009 - 12:54


Exacto, resumiendo:
1) ITP (hacienda), impuesto que tributa en viviendas de segundo mano a un 7% ylo paga el comprador, en Cataluña por ejemplo si eres menor de 32 años pagas el 5%. n algunos lugares de España podría ser directamente un 5% cn independencia de la edad del comprador. Para viviendas de obra nueva en lugar de ITP se paga el IVA.
2) Plusvalía fiscal (hacienda), "lo que te has sacado en la venta" respecto a lo que te costó, con todas las consideraciones explicadas aquí.
3) Plusvalía administrativa (ayuntamiento), impuesto que paga al ayuntamiento normalmente el vendedor. Como cualquier otro impuesto, tienes un plazo para ir a pagarlo una vez hayas vendido, creo que son 2 meses o así, pero supongo que dependerá del ayuntamiento en cuestión.

Espero que hayas entendido bien los conceptos, sino pregunta sin problemas. 
S2.
60997
» 82,560k
» Castellón, España y tengo 34 años
» Fecha: 03/06/2009 - 15:31


plusvalia administrativa en ayuntamiento plazo de presentacion 29 dias habiles (no se si hay variacion entre comunidades autonomicas pero debe ser minima) despues de la firma en el ayuntamiento q corresponda. Si es autoliquidacion lo pagaras al instante si no el ayuntamiento lo reclama a los meses de la presentacion, pero estos plazos te los diran o puedes preguntarlo en la notaria donde firmes la venta.

saludos

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