SECTORES DE LA COOPERATIVA AREA NORTE ESCINDIDOS
1º.-Con fecha 26 de Junio del 2004 se convoco la Asamblea General y en la que la última hoja del acta consta que los socios instó al Consejo Rector junto con el Asesor Jurídico, para que elaborasen la escisión por segregaciónde nuevas cooperativas independientes, los Sectores ya definidos de la Cooperativa de Área norte: LAS TABLAS I, LAS TABLAS II, MONTECARMELO I, MONTECARMELO II, RIVAS V, POZUELO Y TRES CANTOS.
2º.- Asamblea General Extraordinaria de 17 de Julio 2004.- En esta Asamblea se ratifico por los Socios de la cooperativa la escisión de los sectores en cooperativas de nueva creación con 413 votos a favor, 2 en contra y 11 abstenciones. La Ley exige dos tercios de los presentes, por lo que el acuerdo quedo ratificado por mayoría y el acuerdo será publicado en los diarios y en el Boletín Oficial de la comunidad. Se acordó igualmente que el proceso de escisión dará inicio en enero del 2005.
3º.- El Boletín Oficial de la comunidad Número 186, página 128 de fecha 6 de AGOSTO DE 2004, publicó que la Sociedad Cooperativas de viviendas AREA NORTE, se escindió ya que en la Asamblea General de 17 de Julio del 2004, entre otros de los puntos, adopto por mayoría la escisión de los socios a las siguiente sociedades cooperativas de nueva constitución: AREA NORTE LAS TABLAS I, AREA NORTE LAS TABLASII, AREA NORTE MONTECARMELO I, AREA NORTE RIVAS. V, AREA NORTE PÒZUELO.A, AREA NORTE TRES CANTOS. Aquí mismo también se recoge que el socio que esté en desacuerdo podrá causar baja justificada, Art. 74.2. Se recoge también que con los requisitos que señala la Ley, los acreedores pueden ponerse al acuerdo de escisión Art. 75.3. Todo esto fue firmado por el Presidente del Consejo Rector D. Domingo Dos Santos el 18 de Julio del 2004, para que así fuera publicado en el BOE y en los periódicos.
4º.- Tomadura de pelo a todos los socios de la Cooperativa AREA NORTE por el Consejo Rector y la Gestora SICONSVI SL, con fecha con fechas 22 y 23 de Noviembre del 2004, Inscriben en el Registro General de Cooperativas de Madrid, mediante certificados que se pueden aportar las denominaciones de los Sectores o Fases de la Cooperativa: Sector de LAS TABLAS I, Sector de las TABLAS II, Sector de MONTECARMELO I, Sector de RIVAS V, Sector de POZUEL A., Sector de NUEVO TRES CANTOS, Sector de PASEO DE LA DIRECCION. Cuando lo que realmente debieron de inscribir en el inscritito en Registro General de Cooperativas nada de Sectores o Fases, sino debieron haber inscrito en éste Registro General de Cooperativas: Cooperativas AREA NORTE LAS TABLAS I, AREA NORTE LAS TABLAS II, AREA NORTE MONTECARMELO I, POZUELO, TRES CANTOS, RIVAS V. PASEO DE LA DIRECCIÓN, porque ya estaban todas segregadas y escindidas, es decir hicieron todo lo contrario de lo que aprobamos los Socios en la Asamblea General del 17 de Julio del 2004, hecho este totalmente ilegal. Pero lo valido es que ya fue publicado en su día en el BOE que es lo que realmente tiene validez.
5º.- Asamblea General del 25 de Junio del 2005, en esta Asamblea y con un número de socios menor y después de un AÑO, con 268 socios a favor, 13 en contra y 6 abstenciones revocaron el acuerdo alcanzado en la Asamblea General Extraordinario del 17 de Julio del 2004, para volver todo para atrás, es decir para que de nuevo las cooperativas recientemente creadas tale como las TABLAS I, las TABLAS II, MONTECARMELO I, POZUELO, TRES CANTOS, Etc. Pasaran otra vez a ser Sectores o Fases y así estos Sres. Primero nos lo ponen todo muy bonito en una Asamblea General y luego nos dicen todo lo contrario después de un año en la siguiente,claro esta no quisieron perder cotas de poder.
Pero los socios deben de saber que una vez hechas las escisiones de las nuevas cooperativas creadas como así se hizo en su día y se publico en el BOE, ya no era legal el poder volverlas para atrás así por las buenas como se izo y las convirtieron otra vez en Sectores o Fases de la Cooperativa madre AREA NORTE. Porque, porque para poder hacer lo que hicieron y como así está recogido en los Estatutos Sociales Art. 73 y 74 entre otros y la Ley. Lo primero era y es obligatorio que los socios encuadrados en la ya creada cooperativa por ejemplo de POZUELO, antes de hacer nada, absolutamente nada, solo los socios en cuadrados en esta Cooperativa de POZUELO y solo ellos debieron o deben de votar y aprobar con las 2/3 partes de los votos presentes y representado en su asamblea si aceptan, o no aceptan fusionarse con cualquier otra cooperativa. Y lo mismo debe de ocurrir con la Cooperativa TRES CANTOS, las TABLAS I, TABLAS II, MONTECARMELO I, Etc.. Cosa que se han pasado por el forro….En relación con el apartado anterior y en este mismo punto 5º, cabe destacar lo siguiente:
A.- Si se llevara la ESCISION de algún sector ejemplo POZUELO, TRES CANTOS, o cualquier otro Etc. Todo socio en cuadrado en este Sector y que votara en contra de este acuerdo de escisión, el socio que solicite la baja tienen que dársela con carácter de Justificada. Dejando a la vez muy claro que como así consta en el B.O.C.A.M. y en la Ley que cualquier acreedor de la cooperativa puede oponerse al acuerdo de escisión y que de tener deudas la Cooperativa Madre por quiebra o extinción de la misma responderán de ellas todos los socios de todas las cooperativas escindida, así que ojo con lo dar más dinero a la cooperativa AREA NORTE, si quiebra.
El mismo caso ocurre para el proceso contrario al de la escisión denominada la Fusión de una o varias cooperativas ya escindidas que se juntan de nuevo. En el tema de baja voluntaria o concurso de acreedores, nada, de nada, lo primero auditar las cuentas, ver todo lo que hay detrás o a palmar más pasta………..
Y ojo con las votaciones que serán manipuladas, si hay una urna pueden introducir papeletas de votaciones falsas, como ya paso en Asambleas Generales anteriores y sobre todo vigilar a los socios que llevan representados a otros socios, porque no debemos de olvidad de que ellos tienen muchos amigos, familiares y empleados que se prestan a ello.
En otras Asambleas Generales hay socios que votaron hasta 3 veces de forma totalmente ilegal y que se puede probar, exigirles por vuestra seguridad que después de la celebración de esta Asamblea, a cada socio os entreguen el Acta de la Misma ya que tienen obligación de entregarla si se las piden junto con el Anexo que tiene que contener todos los socios y los nombres los que acudieron a votar y los socios que fueron representados.
Sobre todo grabar muy bien todo lo que suceda en esta Asamblea, porque si llegado el caso la Cooperativa quiebra, hay que tener pruebas para pedirles responsabilidades penales o civiles tanto al Consejo Rector, Interventor General de cuentas, como a la propia Gestora, no valla a ser que luego por falta de pruebas podáis perder todo vuestro dinero.
No estaría nada mal informal al colegio de abogados de Madrid, de que el Asesor jurídico de la Cooperativa Carlos Trujillo, es el socio del Administrador único de la Gestora DOMUS PROSOLINSL, aunque el dirá que si tal que si cual, pero ojo, ojo con el.
Si quieres más y mejor información pídela a los Email.
Respon55557@hotmail.es, o al otro Email. Jaime
tercero@hotmail.es porque al final todos a los juzgados y todos tendremos mucha fuerza. Saludos y vigila tun dinero.